jueves, 8 de noviembre de 2012

Sobre la futura Ley de Viviendas Rurales Sostenibles de la Comunidad de Madrid (Ley VIRuS)


Algunos miembros del grupo de vivienda de Attac Madrid estuvimos ayer en la charla organizada por Ecologistas en Acción sobre el proyecto de Ley de Viviendas Rurales sostenibles de la Comunidad de Madrid, también llamada Ley VIRuS.

Por la importancia que podría tener esta norma en nuestro futuro social y ambiental, os hemos preparado un resumen con los aspectos más interesantes suscitados durante la charla y el debate posterior:
  • La Ley VIRuS imita un modelo que ya se ha llevado a la práctica en el municipio de Muñopedro (Segovia). El resultado ha sido un espacio rústico parcelado en 9 fincas de 10 hectáreas, cada una de las cuales alberga una vivienda de una planta tipo mansión de cerca de 1000 metros cuadrados. Se trata de viviendas construidas con piedra, con colores que no desentonan con el paisaje, con varias chimeneas, en algún caso con piscina o pista de tenis, con doble vallado, etc.
  • La ley permite construir en espacio rústico, tenga o no algún régimen de protección especial. Las fincas deberán ser, como mínimo, de 5 hectáreas en general, o de 10 hectáreas si es suelo rústico protegido. Los propietarios se comprometen a edificar en sus parcelas viviendas unifamiliares aisladas con los requisitos que establece el anexo de la ley (requisitos muy ligeros). Los propietarios quedan obligados a conservar el arbolado, a no verter residuos ilegales o incontrolados, a no exigir a las administraciones locales inversiones para la ejecución o mantenimiento de las viviendas, a no construir más de una planta, etc.
  • La Ley esquiva a los ayuntamientos. Con la enmienda introducida por el PP, el propietario del terreno simplemente debe informar al Ayuntamiento mediante declaración responsable. La Comunidad de Madrid debe emitir sus informes en el plazo de un mes, pero rige el silencio positivo (es decir, si no contesta se entiende que acepta la construcción).
  • El espacio de la Comunidad de Madrid afectado por esta nueva Ley es de 330.000 hectáreas, es decir, el 41,25% del territorio. La mayor concentración de espacio se encuentra en la Sierra Norte.
  • Las Directivas para aves y hábitats de la Unión Europea no podrían frenar estas construcciones porque, aunque protegen determinadas especies, no determinan claramente los espacios protegidos. No se ha desarrollado en España (y menos en Madrid) una cartografía que permita ejecutar correctamente esas normas comunitarias.
  • La Ley VIRuS no atentaría contra la Ley del Suelo vigente porque es una ley especial, y las leyes especiales tienen prioridad sobre las leyes generales.
  • La Ley discrimina otros usos sobre el suelo. Se podría dar el absurdo caso de que un agricultor no pudiera producir en suelo rústico y sí pudiera construir una vivienda rural sostenible.
  • La Ley VIRuS no establece procedimientos de inspección, control y sanción frente a los propietarios que no cumplan los requisitos de la Ley o no concedan el uso residencial exigido. Hay sospechas de que estas viviendas, por sus dimensiones, se pueden utilizar para usos religiosos, turísticos, etc.
  • Este tipo de edificaciones abre un nuevo nicho de negocio para el sector inmobiliario y cierra las puertas para un aprovechamiento agropecuario del suelo. Es incalculable el daño ecológico y la estrechez de miras que conlleva renunciar a un aprovechamiento agropecuario del suelo, máxime teniendo en cuenta la futura crisis del petróleo y la necesidad de desarrollar industrias alimenticias locales.
  • Complicidad del lobby del ladrillo (¡y del agrario!). Durante la fase de consultas del anteproyecto de Ley, la asociación agraria ASAJA, las asociaciones inmibiliarias y la banca se mostraron entusiasmadas con esta norma.
  • La exposición de motivos de la Ley es profundamente cínica. Habla del "deseo de los madrileños" de vivir en el campo (en casas de 1000 metros cuadrados) y trabajar en la ciudad.

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